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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33519III
Fecha: 2006-02-14
Carátula: SCHENKEL Adelia L. en: FILI c/SCHENKEL s/div. s/inc. S/ Incidente
Descripción: ejecucion Ley 2989
//neral Roca, 14 de FEBRERO de 2006.=
Procédase a la ejecución del 40 % percibido por el demandado en concepto de devolución Ley 2989 a cuyo fin líbrese oficio a ANSES a fin de que trabe embargo sobre los importes a percibir por el Sr. Carlos Fili, por la suma de $ 488,71.- y en el porcentaje que por ley corresponde. Dicho importe deberá ser depositado en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.
Oportunamente notifíquese al demandado el embargo ordenado.
Cítese de venta al demandado por el término de cinco días. Not.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro