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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37313
Fecha: 2006-02-14
Carátula: CARCAMO AGUILAR Debora S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: Beneficio-Inicio
General Roca, 14 de FEBRERO de 2006
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Por presentado, parte y con domicilio.
Con citación a la contraria, proveyendo la prueba ofrecida (art. 80 del CPC),
TESTIMONIAL: Para la declaración de Graciela PEREDES, Carlos HERNANDEZ, Nelly UTRERAS, fíjase la audiencia del día 12 de Mayo de 2.006, a las 08.30 hs. a la que deberán comparecer personalmente bajo apercibimiento de ser conducidos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 19 de Mayo de 2.006, a las 09.00 hs. que se fija como suplementaria. Notifíquese con transcripción del art. 431 del CPC, a cuyo efecto líbrense cédula .-
Notifiquese al futuro demandado la iniciación de los presentes y las audiencias precedentemente ordenadas a cuyo fin líbrese cédula.
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).
Asimismo, pasen los presentes a la delegacion de Rentas.(acordada 10/03 art.4 del S.T.J.).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro