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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 21785III
Fecha: 2011-10-03
Carátula: WOYTOVICH ó WOITOVICH Hilario y TERESCHENKO Olga S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: REGULA
//neral Roca, 3 de OCTUBRE de 2011.=
Por la 1° etapa, regulo los honorarios del Dr.Angel Squadroni en la suma de $ 7.000 .- a cargo de los herederos. Por la 2da.etapa regulo los honorarios de los Dres. Carlos Alberto Peña en la suma de $ 2.800.- y Luis Alberto Alasino en $ 7.000.- a cargo de los herederos. (M.B. $ 142.554,13.- fs. 112 y 118 -arts. 6, 8, 25 y 44 ley 2212).-
El monto base se fija de acuerdo a los argumentos expuestos por la Cámara de Apelaciones Civil en autos caratulados "Borbalás Antonio y Merlo Secundina s/ Sucesiones" Se.307, 26/07/00.- publicada en J.C.t.20 ,págs. 51/2.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Previo a la regulación por la tercera etapa acompáñese condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones actualizadas, como asimismo libre deudas de Rentas, Municipalidad y DPA y libre inhibición de los causantes.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro