Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00150-015-04

N° Receptoría:

Fecha: 2006-02-14

Carátula: C.E.B. / E.P.R.E. S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/INC.EJECUCION DE HONORARIOS

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:00150-015-04

Tomo:

Auto Interlocutorio:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 14 DE FEBRERO DE 2006

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “C.E.B. C/E.P.E. S/CONTENCIOSO ADMINSITRATIVO S/INC.EJECUCION HONORARIOS”, expte. nro. 150-15-04 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO: La solicitud de regulación de honorarios por la etapa de ejecución, corresponde proceder a la misma atento el estado de autos, atendiendo la liquidación aprobada a fs. 60/61, y las pautas de los artículos 6, 7, 40 in fine y cc de la L.A.

- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE: I) REGULAR a los dres. José J. Pandolfi y Matías E. Nicolini -en conjunto- la suma de PESOS CIENTO OCHENTA ($. 180); al dr. Ariel Balladini la suma de PESOS OCHENTA ($. 80); a los dres. Paula Romera y Alfredo Iwan -en conjunto- la suma de PESOS NOVENTA ($. 90).-arts. 6, 7, 40 Y CC LA-, (6% y 40%; 2 jus, 3% y 40%).

- - -II) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro y protocolización.

HORACIO OSORIO EDGARDO CAMPERI LUIS ESCARDO

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

ANTE MI:

ANGELA ALBA POSSE

Secretaria de Cámara

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