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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39618
Fecha: 2011-09-29
Carátula: DONZELLI Elisa Paola C/ RIFFO Jorge Raul y PINO BUSTOS Carlos Isaías S/ ORDINARIO
Descripción: CONTESTA dcemanda
General Roca, 29 de septiembre de 2011.s-
Por presentado en el caracter invocado, gestión que deberá ratificar oportunamente, parte y con domicilio.-
Téngase por contestada la demanda en tiempo y forma por Raúl Armando Soto y Carlos ISaias Pino Bustos.-
Cítese en garantía en los términos del art. 118 de la Ley 17418 a la ´La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales, con domicilio en Brigadier Juan Manuel de Rosas 957 de Rosario Santa Fé, por el término de veintisiete días a fin de que comparezca en autos a ejercer sus derechos.-NOTIFIQUESE con entrega de las respectivas copias de traslado a cuyo fín líbrese cédula ley 22172 .-
Las cédulas precedentemente ordenadas deberán ser despachadas en el término de CINCO días, todo ello bajo apercibimiento de tener por desistida a la citada en garantía.- NOT.-
Téngase presente lo manifestado en el punto 5 de fs. 101.-
Atento las constancias de fs. 71 téngase por incontestada la demanda a Julio César Edelmann.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro