Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40357

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-28

Carátula: CHIRIOTTI Marisa Ines C/ HERNANDEZ Leandro Gustavo y Otros S/ ORDINARIO

Descripción: Intimación//ACTA // Providencia

General Roca, 28 de septiembre de 2011.s-

Proveyendo a fs. 198: Téngase presente lo manifestado e intímese a la perito psicóloga Bettina Spinelli a fijar fecha de entrevista en el término de cinco días bajo apercibimiento de remoción. Not.-

A lo solicitado respecto del perito accidentológico, estése a la constancia de fs. 197 y la presentación de fs. 199.-

Proveyendo a fs. 199: Téngase presente lo manifestado y hágase saber que el expte Penal 44410-J4-09 no ha sido requerido por los letrados al Juzgado respectivo, por lo que no se encuentra en este Tribunal.

Retirado que sea el cheque de fs. 196 y remitido el expediente detallado precedentemente, concédese el préstamo solicitado al perito Aldo F. Capitán por el término de tres días junto con la documentación original.-

Suspéndanse los plazos para la presentación de la pericial accidentológica hasta tanto se dé cumplimiento con lo dispuesto precedentemente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Autos: "CHIRIOTTI Marisa Ines C/ HERNANDEZ Leandro Gustavo y Otros S/ ORDINARIO" (Expte. Nro. 40357)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 28 de setiembre de 2011 , a las 8.30 horas, comparecen ante SS, la Sra. MARISA INES CHIRIOTTI por sí y en representación de su hijo menor de edad Nicolás Damián Chiriotti con el patrocinio del Dr. Julio Guillermo Oviedo y Dr. Javier Andres Utrero, el Dr. Matías Franco como apoderado de Leandro Gustavo Hernandez, el Dr. Hernán Pinolini Carcioffi como apoderado de la OBRA SOCIAL DE OBREROS EMPACADORES DE FRUTA DE RN y NQN. y la Dra. Verónica I. Hernández como apoderada de LA PERSEVERANCIA SEGUROS S.A. Abierto el acto, prestan declaracionn testimonial de HECTOR GUERRERO, HECTOR ALFREDO ESTEVEZ y ALADINO MARIN. Se deja constancia que los datos filiatorios de los testigos constan en la grabacion por no contar con Sistema Lex en este momento. La parte actora desiste de la declaracion de Maria del Carmen Morales y asimismo de la confesional de LEANDRO GUSTAVO HERNANDEZ. La parte demandada desiste de la confesional de Marisa Ines Chiriotti. La parte actora solicita el expte. penal para la realizacion de la pericia accidentologica. A lo que se provee: Librese oficio al Juzgado Penal 4 por quince dias a los fines de realizar la pericia accidentologica. Se les hace saber a las partes que podran presentar los DVD en el termino de tres dias para la grabacion de la audiencia. No siendo para mi se da por finalizado el acto, previa lectura y ratificacion por ante mi QUE DOY FE.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

//neral Roca, 28 de setiembre de 2011.-j

Proveyendo el escrito de fs. 205, al punto I, téngase presente la ratificación efectuada.-

Al punto II, agréguese.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro