include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 25452/11
Fecha: 2011-09-27
Carátula: BRAVIL, JOSE ALBERTO S/ INDULTO (Originarias)
Descripción: A.I. (Of.)
///MA, 27 de septiembre de 2011.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "BRAVIL, JOSE ALBERTO S/ INDULTO" (Expte. N° 25452/11-STJ-), puestas a despacho para producir el informe previsto en el art. 44 inc. b de la Ley N° 2430, en concordancia con lo dispuesto en el art. 181 inc. 4 de la Constitución Provincial, y- - - - - - - - - - - - - - - - -
CONSIDERANDO:- - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - Los señores Jueces doctores Víctor H. SODERO NIEVAS y Alberto I. BALLADINI dijeron:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Que a fs. 104 el doctor Adolfo Gustavo BUTRON, Defensor General de José A. BRAVIL, actualmente internado en el Establecimiento de Encausados de Choele Choel, se presenta ante el señor Gobernador de esta Provincia, solicitando una conmutación de la condena que oportunamente se le impusiera.- - -
-----El encartado en autos fue condenado con fecha 07-06-2004 en Expte.N° 1.900/190/2004/C.C.Ia. de la IIIa. Circunscripción Judicial; por el delito de CORRUPCIÓN DE MENORES, EN CONCURSO REAL CON EL DELITO DE LESIONES LEVES, a la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION.- (conf. fs. 6/10 y vta.).- - - - - - - - - - - - - -
-----Según informe proporcionado por la Secretaría del Tribunal (fs. 11), el encartado fue detenido el 11-12-2003. Por lo tanto, vence la pena impuesta el 10-12-2013.- - - - - - - - - - - - - -
-----El informe carcelario de fecha 22/07/2011 (fs. 107/110) hace referencia al hecho de que el estado psíquico del interno evidencia sintomatología psicótica positiva. Registra sanciones disciplinarias. Resulta complejo de evaluar, dado su estado de salud mental actual, relata lo acontecido sin pena ni angustia, sin reconocer sus conductas como delictivas, y encuadrando los hechos dentro de un discurso delirante. Teniendo en cuenta su sintomatología actual, se articuló con el área de Psiquiatría del Hospital para que el interno recibiera atención psiquiátrica, el cual se negó a recibir. El Sr. Bravil muestra una estructura psíquica que encuadra en un Trastorno Psicótico y se tiene en cuenta que la sintomatología de dicho cuadro se relaciona directamente con el hecho delictivo.- - - - - - - - - - - - - - -
-----Pasando a considerar la petición efectuada, considerando lo que reiteradamente este S.T.J. ha manifestado respecto al carácter excepcional de la medida intentada, y dado el hecho atribuido al condenado, determinamos informar desfavorablemente a dicho pedido y en consecuencia continuar con el tratamiento que se le dispensa.- ASI VOTAMOS.- - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Por ello,
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:
Primero: Informar desfavorablemente respecto a una rebaja en la pena impuesta a JOSE ALBERTO BRAVIL.- - - - - - - - - - - - - - -
Segundo: Registrar, notificar con remisión de copia de la presente al Poder Ejecutivo Provincial, devolver las actuaciones agregadas y oportunamente archivar.- - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.: VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ALBERTO I. BALLADINI JUEZ ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
PROTOCOLIZACION: T° I A.I. N° 63 F° 250/251 Sec. N° 4 STJ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro