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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0461/2010
Fecha: 2011-09-26
Carátula: ANTON Y NARGANES ANSELMO S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: SE ORDENA INSCRIBIR (MAYORES ...) TRAER TODO
EXPTE. Nº 0461/2010
AUTOS: ANTON Y NARGANES ANSELMO S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, septiembre de 2.011.-
Toda vez que el heredero declarado en autos es mayor, capaz y poseedor de la herencia, hágase saber que deberá procederse a la inscripción de los bienes componentes del acervo hereditario. En consecuencia, a la autorización de venta peticionada no ha lugar.-
Previamente deberá acompañarse certificado de dominio del automotor y de libre inhibición del causante.-
A los fines dispuestos por el art. 24 de la ley G n° 2212, señálase la audiencia del día 17 de octubre de 2011 a las 10 horas, a la que deberán comparecer el obligado al pago munido de su documento de identidad y la profesional interviniente, o en su caso presentar acuerdo de partes. Notifíquese.-
R.B.
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro