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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 23145/08
Fecha: 2011-09-23
Carátula: REBORA, TOMAS ARMANDO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Ley 4336)
Descripción: Sentencia HONORARIOS
///MA, 23 de septiembre de 2011.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “REBORA, TOMAS ARMANDO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Ley 4336)" (Expte. N°23145/08-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
-----A fs.547 la doctora María Valeria Coronel, apoderada de la Fiscalía de Estado de la Provincia solicita regulación de honorarios correspondientes a su actuación profesional en las presentes actuaciones.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----A fs. 512/519 el doctor Tomás A.Rébora interpone recurso extraordinario federal contra la sentencia Nº 32 dictada en fecha 13.04.11 que rechazó la acción de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ley A Nº 4336.- - - - - - - - - - - - - -----A fs. 521/531, la doctora María Valeria Coronel, en representación de la Provincia de Río Negro, contestó el traslado del recurso extraordinario federal interpuesto, solicitando se deniegue el mismo.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Que mediante sentencia Nº 47 del 14.06.11 se denegó el recurso extraordinario intentado por el actor. Con costas.- - -----Teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada a la luz de lo dispuesto en el art.6,7,8 y 15 cc. la Ley de Aranceles, G Nº 2212, corresponde fijar la retribución de la profesional peticionante doctora María Valeria Coronel, en la suma de Pesos TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA Ctvos. ($3.237,50) equivalente al 35% de 50 Jus regulados en la sentencia Nº 32 dictada en autos.- - - - - - - -- -----Por ello:
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:
Primero: Regular los honorarios profesionales de la doctora María Valeria Coronel en la suma de Pesos TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA CTVOS. ($3.237,50). (Coeftes.35% de 50 Jus, art.6,7,8,15 y cc.,Ley de Aranceles, G Nº 2212).- Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con los aportes previstos por la ley 869.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente, archívese.- - -
(FDO) VICTOR HUGO SODERO NIEVAS-JUEZ-ALBERTO I.BALLADINI-JUEZ.ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA-SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
PROTOCOLIZACION: TOMO III SENT. NRO. 90 FOLIO 702/703 SEC. NRO. 4
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Poder Judicial de Río Negro