include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1228/2009
Fecha: 2011-09-23
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ALVAREZ HUGO RICARDO Y OTRO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)
Descripción: interpone revoc.-concede apelación en subsidio
EXPTE. N° 1228/2009
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ALVAREZ HUGO RICARDO Y OTRO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)
Viedma, septiembre de 2011.-
Por interpuesto recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la providencia de fs. 369.-
Atento el estado de las presentes actuaciones y toda vez que los argumentos expuestos por la recurrente no conmueven los tenidos en cuenta al dictar la providencia de fs. 369, por cuanto el art. 486 inc. 7° del CPCC prevee la posibilidad de conceder el recurso con efecto suspensivo cuando su cumplimiento pudiere causar un perjuicio irreparable apreciación que es facultativa de la suscripta y en el entendimiento que en el presente caso opera dicho supuesto, a la revocatoria interpuesta no ha lugar, confirmándose la providencia recurrida.-
Conceder la apelación en subsidio conforme lo dispone el art. 248 del C.Pr., a cuyo fin elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones de Viedma.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro