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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0977/2009
Fecha: 2011-09-23
Carátula: NUÑEZ ROBERTO CESARIO S/ CONCURSO PREVENTIVO
Descripción: CEDULA SECRETARIA-con preguntas por pantalla
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C É D U L A
Señor: Sergio Osvaldo Dayan
Domicilio: Zatti 1426 - (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "NUÑEZ ROBERTO CESARIO C/ S/CONCURSO PREVENTIVO", Expte. Nº 0977/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, septiembre de 2.011.- Atento la designación efectuada, desígnase Síndico en las presentes actuaciones al sr. Sergio Osvaldo Dayan, domiciliado en calle Zatti 1426 de esta ciudad, quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado e indicar lugar y horario de atención, bajo el apercibimiento previsto en el art. 255 de la L.C.Q.. Notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de septiembre de 2011.-
*05TXHO.ELHI8K*
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Poder Judicial de Río Negro