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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0856/2010
Fecha: 2011-09-23
Carátula: CARBONE SILVINA ALEJANDRA C/ SINDICATO DE TRABAJADORES VIALES PROVINCIALES DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO
Descripción: no ha lugar
EXPTE. Nº 0856/2010
CARATULA: CARBONE SILVINA ALEJANDRA C/ SINDICATO DE TRABAJADORES VIALES PROVINCIALES DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO
Viedma, septiembre de 2.011.-
Toda vez que los fundamentos vertidos por la compareciente no conmueven los tenidos en cuenta para conceder el recurso en la forma dispuesta a fs. 216, ello atento que no se sabe cuál es el motivo que le causa gravamen irreparable a la parte actora y en aras de no frustrar el debido derecho de defensa en juicio, a la reconsideración solicitada no ha lugar.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro