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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39042
Fecha: 2011-09-23
Carátula: TARIFA Elvira S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: REGULA
//neral Roca, 23 de SEPTIEMBRE de 2011.=
Téngase presente la conformidad de la Delegación de Rentas y por oblados el impuesto de justicia y sellado de actuación.
Por la 1ra. 2da. y 3er. etapa, regulo los honorarios del Dr. ANDRES PUIATTI en la suma de $3.100.- a cargo de los herederos. (M.B. $ 22.000.- Fs. 49 y 65 arts. 6, 8, 25 y 44 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.
A lo peticionado a fs. 64, previamente cúmplase con Caja Forense.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro