Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39580

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-22

Carátula: MUNNA Gaspar C/ FLORES Gabriela Fabiana S/ EJECUTIVO

Descripción: A CEDULAS

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

GASPAR MUNNA -

Dr. TOMAS RODRIGUEZ

Dr. CARLOS FERNANDEZ

TUCUMAN 661, PISO 4° OFICINA 20 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "MUNNA Gaspar C/ FLORES Gabriela Fabiana S/ EJECUTIVO” (Expte. N* 39580), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 20 de septiembre de 2011...RESUELVO: declarar la caducidad de la instancia. Costas a la actora.- Regulo los honorarios del Dr. Carlos A. Fernandez en la suma de $ 300.- y los del Dr. Tomás A. Rodriguez en $ 300.- (MB: $ 13.645 .-) Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 7, 8 y 21 ley 2212 RN).- Cúmplase con la Ley 869.- Glósese la documentación original.- NOTIFIQUESE Y REGISTRESE.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 22 de septiembre de 2011.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

VILLEGAS 973

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "MUNNA Gaspar C/ FLORES Gabriela Fabiana S/ EJECUTIVO” (Expte. N* 39580), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 20 de septiembre de 2011...RESUELVO: declarar la caducidad de la instancia. Costas a la actora.- Regulo los honorarios del Dr. Carlos A. Fernandez en la suma de $ 300.- y los del Dr. Tomás A. Rodriguez en $ 300.- (MB: $ 13.645 .-) Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 7, 8 y 21 ley 2212 RN).- Cúmplase con la Ley 869.- Glósese la documentación original.- NOTIFIQUESE Y REGISTRESE.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 22 de septiembre de 2011.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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