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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0431/2011
Fecha: 2011-09-20
Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ COINAL S.A. S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: COBRO X BCO CUALQUIER MONTO (OFICIO) imprimir en form. 2009
PROVINCIA DE RIO NEGRO
PODER JUDICIAL
OFICIO JUDICIAL
Viedma, septiembre de 2011.-
Al Sr. Gerente
Banco Patagonia S.A.
OFICIO N° __________/11.-
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: "DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ COINAL S.A. S/ EJECUCION FISCAL" (Expte. Nº 0431/2011), los que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaria única, a fin de comunicarle que deberá proceder a la restitución de las sumas embargadas existentes en la cuenta de autos nº 299005999 a la cuenta de origen de la demandada COINAL SA (CUIT Nº 30-70915815-1).
El auto que ordena el presente en su parte pertinente dice: "Viedma, septiembre de 2011.- ... En tal sentido, atento lo peticionado a fs. 23, toda vez que conforme surge del informe de fs. 14, el Banco Credicoop Cooperativo Limitado ha trabado embargo sobre la cuenta bancaria correspondiente a la ejecutada, procédase a la restitución de las sumas embargadas existentes en la cuenta de autos nº 299005999 a la cuenta de origen de la demandada COINAL SA (CUIT Nº 30-70915815-1). A tal fin líbrese oficio al Banco Patagonia S.A..-". Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez.-
Saludo a Ud. atentamente.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro