Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1235/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-20

Carátula: ARAMBURU VIRGILIO NORBERTO S/ CONCURSO PREVENTIVO

Descripción: SENTENCIA DE CATEGORIZACION DE ACREEDORES.

Viedma, de septiembre de 2011.-

Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: "ARAMBURU VIRGILIO NORBERTO S/ CONCURSO PREVENTIVO" Expte. n° 1235/2010, traídos a despacho para resolver;

Y CONSIDERANDO:

I).- Que atento al estado de autos, de conformidad con las constancias obrantes en la causa y en virtud de lo establecido en el art. 42 de la L.C.Q. corresponde en este estado dictar la resolución que establezca definitivamente las categorías y los acreedores verificados que integran cada una de ellas.-

II).- Que, para categorizar a los acreedores se tendrá especialmente en cuenta la resolución de las solicitudes de verificación (fs. 445/447), la propuesta efectuada por el concursado (fs. 452/453) y el informe general presentado por la Sra. Síndico (fs. 455/458), conforme lo dispuesto por el art. 39 inc. 9 de la L.C.Q.-

III).- Que por su parte la Sra. Síndico ha señalado que "tomando en cuenta que no hay acreedores quirografarios laborales, se ajusta a derecho que se clasifique a los acreedores en dos categorías como hizo la concursada, en una agrupa a todos los acreedores verificados como privilegiados y en la otra agruga a todos los acreedores verificados como quirografarios, por lo tanto la clasificación efectuada se ajusta a derecho y procede que el Tribunal la apruebe".-

IV).- Que en virtud de lo expuesto y a fin de realizar la categorización señalada y la ubicación de los acreedores verificados en éstas, de conformidad con lo que surge de la sentencia ya mencionada, corresponde dividir a los acreedores verificados en cuatro grupos o categorías, a saber: a) privilegiados; b) quirografarios fiscales; c) quirografarios financieros y d) simplemente quirografarios, conforme el siguiente detalle:

a) PRIVILEGIADOS:

1) AFIP-DGI: Con la suma de $ 35.534,13.-

2) Banco de la Nación Argentina: Con la suma total de $ 5.735.350,82.-

3) Banco Patagonia S.A.: Con la suma de $ 722.979,14.-

b) QUIROGRAFARIOS FISCALES:

1) AFIP- DGI: Con la suma de $ 22.935,75.-

c) QUIROGRAFARIOS FINANCIEROS:

1) Banco de la Nación Argentina: Con la suma total de $ 746.158,72.-

d) SIMPLEMENTE QUIROGRAFARIOS:

1) EDERSA: Con la suma de $ 1.274,29.-

V).- Que en virtud de lo resuelto precedentemente y de acuerdo a lo previsto por el art. 45 L.C.Q., corresponde modificar la fecha de la audiencia informativa prevista en autos.-

Por todo lo expuesto;

RESUELVO:

I.- Fijar definitivamente las categorías y los acreedores comprendidos en ellas, de conformidad con el considerando IV.-

II.- Fijar la audiencia informativa para el día 28 de febrero de 2012 a las 10.00 horas.-

III.- Ordenar que continúen los autos según su estado.-

IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

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