Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36239CPA

N° Receptoría:

Fecha: 2005-06-09

Carátula: ESTABLECIMIENTO IMF S.R.L. c/FRUTECO S.A. S/ Ordinario (C.P.A.)

Descripción: MULTA

//neral Roca, 09 de junio de 2005._

A los mismos fines ordenados a fs. 3, líbrese nuevo oficio a la empresa T&P.

Atento lo peticionado y las constancias de fs. 52/3 y 66/7, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 399 del CPC, corresponde la aplicación, a MOÑO AZUL SA y FRUTOS DEL VALLE SRL de un jornal mínimo, vital y móvil por cada día de retardo -$ 12.--, monto éste fijado en concepto de multa, el que se hará efectivo a partir de su notificación. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula a VILLA REGINA .

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro