Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 27053III

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-20

Carátula: CARDIN Raúl C/ MUNICIPALIDAD MAINQUE S/ ORDINARIO

Descripción: PROVIDENCIA

General Roca, 20 de setiembre de 2011.-

Proveyendo a fs. 3605: Atento el texto de la ley que no contempla la localidad de Mainqué, Departamento de General Roca, para la emergencia declarada por la ley 4677, intímese a la Contaduria General de la Provincia de Rio Negro, para que en el término de DIEZ días, acredite el fundamento de la información obrante a fs. 3598, dando razones de la suspensión del embargo oportunamente trabado, bajo apercibimiento de aplicar sanciones.- A esos efectos líbrese oficio con copía de fs. 3598.-

Proveyendo a fs. 3606: Téngase por contestado el traslado en legal tiempo y forma.-

De la impugnación deducida, traslado.- Not.-

Proveyendo a fs. 3607/3608: Téngase por contestado el traslado en legal tiempo y forma.-

| De la impugnación deducida, traslado.- Not.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro