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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37227
Fecha: 2006-02-13
Carátula: ABN AMRO BANK N.V. Suc.Argentina c/ MORALES Hernan Antonio y otra S/ Ejecutivo
Descripción: trance y remate//préstamo Bertolino
General Roca, 13 de febrero de 2.006.-
AUTOS Y VISTOS: No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-
Por ello, con lo pedido y lo dispuesto por el art. 531 del C.P.C.;
FALLO: Esta causa de trance y remate, mandado llevar adelante la ejecución hasta tanto los ejecutados Viviana Estela Obredor y Morales Hernán Antonio hagan al acreedor ABN AMRO BANK N.V. Sucursal Argentina, íntegro pago del capital reclamado de $1.401,39.- con más sus intereses, costos y costas de la ejecución (art. 68 y 551 CPC); regulándose en tal concepto los honorarios del Dr. Frabizo Bertolino en la suma de $ ..........- y los del Dr. Eduardo Saint Martin en la suma de $ ............... (art. 6,7 y 40 de la ley 2212).-
Cúmplase con la ley 869.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 R.N.).-
Téngase a los demandados, constituido domicilio en los Estrados del Tribunal.-
Glósese la documentación de fs. 16/23.-
Agréguense los mandamientos acompañados.-
Trábese embargo sobre el bien denunciado en el punto IV, y por las sumas de $ 1.401,39 en concepto de capital, con más la suma de $ 560 que se calculan para costas.-
Para su cumplimiento líbrese oficio a las empleadoras de los demandados, haciéndoles saber que deberán descontar dichas sumas, en el porcentaje de ley y depositarlas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia S.A., Sucursal General Roca.-
Oportunamente notifíquese al demandado.-
Concédese el préstamo solicitado por el término de tres días.-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse glosado. CONSTE.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro