Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0613/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-19

Carátula: COLEGIO MEDICO ZONA ATLANTICA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (I.PRO.S.S.) S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

Descripción: RENUNCIA DE APODERADO

EXPTE No.: 0613/2009

CARATULA: COLEGIO MEDICO ZONA ATLANTICA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (I.PRO.S.S.) S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

Viedma, septiembre de 2011.-

Por devuelto el Expte. principal, agréguese la media carátula formada.-

Al escrito de fs. 398:

Tiénese presente la renuncia efectuada.-

Atento lo dispuesto por el art. 53 punto 2 del C.Pr., intímase a la parte actora a comparecer por sí o designar nuevo apoderado en el plazo de 15 días, bajo apercibimiento de continuar el juicio en rebeldía o con los efectos del art. 41 primera parte del C. Pr., según el caso. Notifíquese.-

Hágase saber al presentante que deberá continuar las gestiones hasta tanto se venza el plazo fijado precedentemente, bajo pena de daños y perjuicios.-

A P

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro