include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0613/2009
Fecha: 2011-09-19
Carátula: COLEGIO MEDICO ZONA ATLANTICA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (I.PRO.S.S.) S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)
Descripción: RENUNCIA DE APODERADO
EXPTE No.: 0613/2009
CARATULA: COLEGIO MEDICO ZONA ATLANTICA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (I.PRO.S.S.) S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)
Viedma, septiembre de 2011.-
Por devuelto el Expte. principal, agréguese la media carátula formada.-
Al escrito de fs. 398:
Tiénese presente la renuncia efectuada.-
Atento lo dispuesto por el art. 53 punto 2 del C.Pr., intímase a la parte actora a comparecer por sí o designar nuevo apoderado en el plazo de 15 días, bajo apercibimiento de continuar el juicio en rebeldía o con los efectos del art. 41 primera parte del C. Pr., según el caso. Notifíquese.-
Hágase saber al presentante que deberá continuar las gestiones hasta tanto se venza el plazo fijado precedentemente, bajo pena de daños y perjuicios.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro