Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0887/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-19

Carátula: BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO C/ RUFULA JUAN LUIS S/ SUMARISIMO

Descripción: PROVEE PRUEBA -

EXPTE. Nº 0887/2010

AUTOS: BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO C/ RUFULA JUAN LUIS S/ SUMARISIMO

Viedma, septiembre de 2.011.-

Tiénese presente lo manifestado.-

Atento al estado de autos, el escrito a despacho, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 53, provéase la prueba ofrecida por la parte, a saber:

PRUEBA ACTORA (BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO)

DOCUMENTAL: Agregada a autos y la obrante en el Expte. nº 0877/2010 caratulado: "Banco Credicoop Cooperativo Limitado c/ Rúfula Juan Luis s/ Ejecutivo".-

PERICIA CALIGRAFICA: Atento lo peticionado, el estado de autos y a los fines de la realización de la pericia desígnase perito calígrafo al sr. César Edgardo Hernández, domiciliado en Los Notros Nº 239 de esta ciudad, quien deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria dentro del tercer día de notificado y presentar la pericia dentro de los 15 días subsiguientes, bajo apercibimiento de remoción. La misma se realizará en base a los puntos ofrecidos a fs. 14. Notifíquese.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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