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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34970
Fecha: 2005-06-09
Carátula: CREDIL S.R.L. C/CHACANO José Teodoro S/ Ejecutivo
Descripción: Prestamo Dra.Saitta.-
//neral Roca, 09 de JUNIO de 2005.-
Proveyendo el escrito de fs.32, concédese el préstamo de las presentes actuaciones por el término de tres dias.-
Proveyendo el escrito de fs.33, téngase presente el nuevo bien denunciado y trábese embargo sobre los haberes que tenga a percibir el demandado a cuyo efecto y toma de razón librese oficio a la empresa RIBEREÑA DE RIO NEGRO sito en Capital Federal, haciendose efectiva la medida por el capital más costas fijados a fs.10.- Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia Sudameris SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro