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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0706/2011
Fecha: 2011-09-16
Carátula: SPAMPINATTO ROSA LIBERTAD S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: CEDULA SECRETARIA P.R.N.
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C E D U L A
Señora: DRA. NATALIA FALUGI (PROVINCIA DE RIO NEGRO)
Domicilio: ALVARO BARROS Nº 328 PB (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SPAMPINATTO ROSA LIBERTAD C/ S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS", Expte. Nº 0706/2011, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, septiembre de 2.011.- Por recibido. Avócome al conocimiento de la presente causa. Notifíquese.- ... Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de septiembre de 2011.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
*05TXHO.A4RDZU*
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Poder Judicial de Río Negro