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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40875
Fecha: 2011-09-16
Carátula: STREMEL Ruben Omar y Otro C/ FAVI Vilma S/ DESALOJO (Monitorio)
Descripción: Acta Preliminar
Autos: "STREMEL Ruben Omar y Otro C/ FAVI Vilma S/ DESALOJO (Monitorio)"
(Expte. Nro. 40875)- Juzgado Civil III
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 16 de septiembre de 2011, a las 8.50 horas, comparecen ante S.S. a la audiencia prevista para el día de la fecha, HUGO MARIO STREMEL y RUBEN OMAR STREMEL con la asistencia de su letrada apoderada Dra. Bárbara Sánchez Pulgar, y VILMA FAVI con la asistencia de su letrado patrocinante Dr. Gustavo Ariel Torres. Abierto el acto, las partes manifiestan que no hay posibilidades de llegar a un acuerdo, por lo que se pasan a determinar los hechos controvertidos que consisten en: base sobre la que se sustentan las posturas de las partes y que inciden en el mejor derecho a la ocupación del inmueble, características de la relación, origen de la misma, compromisos asumidos y causa que pueda incidir en la obligación de restituir. En razón de ello, se abre el juicio a prueba hasta la fecha de la audiencia de prueba la que se fija para el día 17 de octubre de 2011 a las 8.30 horas de lo que quedan las partes notificadas en este acto. Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 26, 30, 54/5, A LA DOCUMENTAL: Téngase presente.- A LA CONFESIONAL: Desiste de la confesional de VILMA FAVI. A LA INSTRUMENTAL: Líbrense oficios al Juzgado Civil 9 y Civil 1 a fin de solicitar la remision de los Expte. 31401-J9-03, Expte. 31402-j9-08 y Expte. 125-j1-96 respectivamente.- A LA TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de DORA KISCHIMODSKY y LILIANA ISABEL ARTERO, fíjase como primera audiencia la indicada precedentemente, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas. A LA INFORMATIVA: Líbrese oficio a Inmobiliaria Terbay, para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días hábiles de notificados bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/399 del CPC.- Proveyendo la prueba ofrecida por la demandada a fs. 48/9, A LA DOCUMENTAL: Téngase presente.- A LA CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de RUBEN OMAR STREMEL y HUGO MARIO STREMEL, estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro