Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0188/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-15

Carátula: VIDELA NATALIA C/ GARCIA RESER PAULA VERONICA S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Descripción: NOT. LEY 869 EPXTE. ARCHIVO intima profesional

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

C É D U L A

Señor: Dres. OSVALDO LUCIANO CAMPAGNOLI y NESTOR TORRES

Domicilio: Alvaro Barros nº 135 (Constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "VIDELA NATALIA C/GARCIA RESER PAULA VERONICA S/DESALOJO (Sumarísimo)", Expte. Nº 0188/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría única, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, septiembre de 2.011.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase al profesional interviniente a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Ana Carolina Scoccia - Secretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Viedma, de septiembre de 2011.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

*05TXHO.6OGVLO*

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Poder Judicial de Río Negro