include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0188/2008
Fecha: 2011-09-15
Carátula: VIDELA NATALIA C/ GARCIA RESER PAULA VERONICA S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Descripción: NOT. LEY 869 EPXTE. ARCHIVO intima profesional
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
C É D U L A
Señor: Dres. OSVALDO LUCIANO CAMPAGNOLI y NESTOR TORRES
Domicilio: Alvaro Barros nº 135 (Constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "VIDELA NATALIA C/GARCIA RESER PAULA VERONICA S/DESALOJO (Sumarísimo)", Expte. Nº 0188/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría única, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, septiembre de 2.011.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase al profesional interviniente a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Ana Carolina Scoccia - Secretaria".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Viedma, de septiembre de 2011.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
*05TXHO.6OGVLO*
<*****>
Poder Judicial de Río Negro