Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1344/00/5

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-15

Carátula: CARCASSON MARCELO PABLO S/ INFORMACION SUMARIA

Descripción: SENTENCIA INF. SUM. CESE DE GUARDA

JUZGADO CIVIL, COM. y MINERIA Nº 3

I CIRCUNSCRIPCION

AUTO INTERLOCUTORIO:

FOLIO:

SECRETARIA UNICA

Viedma, de septiembre de 2.011.-

AUTOS Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: "CARCASSON MARCELO PABLO S/ INFORMACION SUMARIA" Expte. N° 1344/00/5, puestos a despacho a fin de dictar sentencia,

Y CONSIDERANDO:

Que a fs. 59/60 se presenta el sr. Marcelo Pablo Carcasson, por por derecho propio, manifiesta que han variado las circunstancias que dieran origen a las presentes actuaciones, concretamente que los progenitores del menor cuentan con trabajo. En consecuencia, solicita se disponga el cese de la guarda concedida oportunamente.-

Que a fs. 53 obra la sentencia por la que se aprobaba la información sumaria rendida en el trámite y se reconocía judicialmente la guarda que de hecho ejercía el peticionante sobre el menor Kevin Rodrigo Carcasson.-

Que a fs. 63 la Sra. Defensora de Menores no opuso objeciones a lo solicitado por el peticionante por lo que corresponde hacer lugar a lo peticionado.-

Por ello;

RESUELVO:

I.- Disponer el cese de la guarda de hecho oportunamente ejercida por Marcelo Pablo Carcasson (DNI N° 16.786.722), sobre el menor Kevin Rodrigo Carcasson (DNI N° 42.652.590).-

II.- Imponer las costas al peticionante y regular los honorarios profesionales de las Dras. Erica Cecilia Seghesio y Victoria Molteni, en conjunto, en la suma de $ 582 (3 jus) -art. 9 y cc L.A.- Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

III.- Firme que se encuentre la presente, expídase testimonio y/o fotocopia certificada por Secretaría.-

IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

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