Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 25521/11

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-14

Carátula: GALLINGER, ARIEL ALBERTO S/ AMPARO COLECTIVO (Originarias)

Descripción: Amparo Colectivo 2779

Expte. N°25521/11-STJ-

///MA, 14 de septiembre de 2011.-

-----Por presentado, parte en el carácter invocado y por constituido domicilio legal.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----Por promovida acción de amparo en los términos del art. 43 de la Constitución Provincial y Ley B Nº 2779.- - - - - - - - - - -----En los términos del art.43 de la Const.Provincial, requiérase al señor Intendente Municipal de Viedma un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista el que deberá ser respondido en el plazo perentorio de cinco (5) días, asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza el instituto (C.S.J.N.,B.2571 XXXVIII del 5-12-04).-(arts. 9, 14 y cc. de la Ley Provincial N* 2779).- - - - - - - - - - - - - - - - -----Intimar a la amparista a presentar en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas el texto de edictos del art. 15 de la Ley Provincial N* 2779 para publicar a su costa en el Boletín Oficial, "RIO NEGRO" y "NOTICIAS DE LA COSTA".- - - - - - - - - - -----Notifíquese por cédula al requerido, con entrega de copias de la acción deducida.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----A la medida cautelar solicitada: No surgiendo “prima facie” la verosimilitud del derecho invocado, teniendo presente la presunción de legalidad que cuentan los actos de los Poderes del Estado y en razón de la restrictiva doctrina elaborada por el S.T.J. en materia de medidas de no innovar peticionadas en acciones similares, además que la admisión de la misma supondría una solución anticipada al planteo deducido: NO HA LUGAR.- - - --

-----A lo demás, oportunamente.- - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Diligencias a cargo del ampparista.- - - - - - - - - - - - -

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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