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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40706
Fecha: 2011-09-14
Carátula: TORRES Ever Dancy C/ IZQUIERDO Eleuterio Juan y Otra S/ ORDINARIO
Descripción: providencia
General Roca, 14 de septiembre de 2011.s-
Agréguese y téngase presente la cédula acompañada.-
Hágase saber al presentante, que elperito, tercero ajeno al proceso, no puede ser obligado a soportar la carga del beneficio de litigar sin gastos que obtuviera el actor.-
Asimismo, habiendo sido ofrecida la prueba la pericial accidentológica y mécania por la parte actora, a lo manifestado respecto de que deberá ser soportado el adelanto de gastos por la parte demandada, no ha lugar.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro