Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39338

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-14

Carátula: RANUCCI Edgardo Tulio C/ CASAS Ernesto S/ EJECUCION DE CONVENIO

Descripción: a cédula

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

VILLEGAS 973 (constituído)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "RANUCCI Edgardo Tulio C/ CASAS Ernesto S/ EJECUCION DE CONVENIO" (Expte. N* 39338) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 08 de septiembre de 2011.-VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados: “RANUCCI EDGARDO TULIO C/CASAS ERNESTO S/EJECUCION DE CONVENIO” (EXPTE. N° 39338-III-09 ).-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC,RESUELVO: declarar la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios de la Dra. Claudia Ramirez Ruiz, en la suma de $ 300.-. (MB: $ 15.050 -total de cuotas adeudadas del convenio -fs. 6--)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 7, 8 y 21 ley 2212 RN).-Cúmplase con la Ley 869. Glósese la documentación original de fs. 4/5.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos: Juez.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 14 de septiembre de 2011.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Edgardo Tulio Ranucci

Dra. Claudia Ramirez

Neuquén 1555 (constituído)

G E N E R A L R O C A

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "RANUCCI Edgardo Tulio C/ CASAS Ernesto S/ EJECUCION DE CONVENIO" (Expte. N* 39338) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 08 de septiembre de 2011.-VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados: “RANUCCI EDGARDO TULIO C/CASAS ERNESTO S/EJECUCION DE CONVENIO” (EXPTE. N° 39338-III-09 ).-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC,RESUELVO: declarar la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios de la Dra. Claudia Ramirez Ruiz, en la suma de $ 300.-. (MB: $ 15.050 -total de cuotas adeudadas del convenio -fs. 6--)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 7, 8 y 21 ley 2212 RN).-Cúmplase con la Ley 869. Glósese la documentación original de fs. 4/5.-Notifíquese y regístrese.-Fdo. Susana Teresa Burgos: Juez.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 14 de septiembre de 2011.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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