Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0532/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-13

Carátula: TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. S- ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (EXPTE. Nº 17.868/02) y TELEFONICA COMUNICACIONES PERSONALES S.A. S- ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (EXPTE. Nº 17.867/02) S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Descripción: TRASLADO rec. revoc c/ apelación

EXPTE. Nº 0532/2011

CARATULA: TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. S- ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (EXPTE. Nº 17.868/02) y TELEFONICA COMUNICACIONES PERSONALES S.A. S- ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (EXPTE. Nº 17.867/02) S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Viedma, septiembre de 2.011.-

Proveyendo a fs. 219:

Agréguese.-

Al escrito de fs. 220:

Tiénese presente y estése a lo que a continuación se dispone.-

Proveyendo a fs. 223/227:

Por interpuesto recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la providencia de fs. 218. Sin perjuicio de lo previsto en el art. 240 segundo párrafo del C.Pr. y atento las características del planteo efectuado, córrase traslado a la contraria por el término de ley.-

Para un mejor ordenamiento procesal fórmese segundo cuerpo a partir de la foja 196.-

Rosana Calvetti

Juez

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