Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0077/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-13

Carátula: GEOMINERA S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO

Descripción: REINSCRIPCION MEDIDAS ordena oficios

EXPTE Nº 0077/2011

CARATULA: GEOMINERA S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO

Viedma, de septiembre de 2011.-

Atento el tiempo transcurrido desde que se dictara sentencia en autos corresponde proceder a la reinscripción de las medidas alli ordenadas, a saber:

I.- A los fines dispuestos por el art. 25 LCQ líbrese oficio al Ministerio del Interior de la Nación Argentina haciéndose saber que el Sr. Julio César Santolíquido (DNI Nº 10.737.118) tiene prohibición de ausentarse del país por el plazo de cinco años, salvo orden judicial en contrario.-

II. Decrétase la inhibición de la concursada "GEOMINERA S.A." (CUIT Nº 30-64792381-6) por tiempo indeterminado, salvo orden judicial en contrario. Líbrese el correspondiente oficio al Registro de la Propiedad Automotor nº 2.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro