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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0077/2011
Fecha: 2011-09-13
Carátula: GEOMINERA S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO
Descripción: REINSCRIPCION MEDIDAS ordena oficios
EXPTE Nº 0077/2011
CARATULA: GEOMINERA S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO
Viedma, de septiembre de 2011.-
Atento el tiempo transcurrido desde que se dictara sentencia en autos corresponde proceder a la reinscripción de las medidas alli ordenadas, a saber:
I.- A los fines dispuestos por el art. 25 LCQ líbrese oficio al Ministerio del Interior de la Nación Argentina haciéndose saber que el Sr. Julio César Santolíquido (DNI Nº 10.737.118) tiene prohibición de ausentarse del país por el plazo de cinco años, salvo orden judicial en contrario.-
II. Decrétase la inhibición de la concursada "GEOMINERA S.A." (CUIT Nº 30-64792381-6) por tiempo indeterminado, salvo orden judicial en contrario. Líbrese el correspondiente oficio al Registro de la Propiedad Automotor nº 2.-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro