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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37954
Fecha: 2011-09-12
Carátula: FERNANDEZ Marta C/ MUNICIPALIDAD DE ALLEN S/ ORDINARIO
Descripción: a cheque//VTA. A CONTROL
General Roca, 12 de septiembre de 2011.s-
Proveyendo a fs. 594: Al punto I: A la intimación solicitado no ha lugar, atento las constancias de fs. 556/8 y 582, líbrese nuevo cheque a la orden de Hugo Rujana DNI 11.417.671 por la suma de $ 300 en concepto de anticipo de gastos. (Cta. 220018659).-
Retirado que sea el cheque, reanúdese el término para la presentación de la pericia médica.-
Notifíquese al perito mediante cédula.-
Al punto II: Atento las constancias de fs. 589/91 líbrese nuevo oficio al Consejo Provincial de Educación a iguales fines y en las mismas condiciones que el oportunamente ordenado, consignando correctamente el número de documento de la Sra. Marta Fernandez.-
Proveyendo a fs. 595: Procédase a dar cumplimiento con lo ordenado a fs. 543 y ábrase el sobre de fs. 509 quedando la absolución glosada a fs. 596 y a disposición del peticionante.-
Hágase saber al presentante que de los registros informáticos del día 29.12.2010 surge que el oficio mencionado ha sido observado por no haber transcripto el interrogatorio en el mismo.-
Téngase presente el oficio acompañado y vuelvan los mismos a despacho para su control, agregándose al mismo por Secretaría copia de fs. 460.-
Respecto de lo peticionado respecto de la prueba instrumental de la parte demandada (Expdiente CADM 129 de la Camara de Apelaciones), estése al informe de fs 437/9.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse glosado a fs. 596 la aboslución de intendente de la Municipalidad de Allen Cr. Graciano Bracalente. COSNTE.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro