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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0366/2011
Fecha: 2011-09-09
Carátula: GIANOVICH LUIS ALBERTO C/ FELILLAN MIGUEL HERNAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: CONTESTA DEMANDA
EXPTE. Nº 0366/2011
CARATULA: GIANOVICH LUIS ALBERTO C/ FELILLAN MIGUEL HERNAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, septiembre de 2.011.-
Al escrito de fs. 102/111:
Por presentado, parte y constituido el domicilio.-
Previo a proveer estése a la recepción de la cédula cuya constancia de retiro luce a fs. 41.-
Proveyendo a fs. 112/113:
Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 40 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C.Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Por contestado el traslado de la demanda.-
E Z
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro