Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0366/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-09

Carátula: GIANOVICH LUIS ALBERTO C/ FELILLAN MIGUEL HERNAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: CONTESTA DEMANDA

EXPTE. Nº 0366/2011

CARATULA: GIANOVICH LUIS ALBERTO C/ FELILLAN MIGUEL HERNAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, septiembre de 2.011.-

Al escrito de fs. 102/111:

Por presentado, parte y constituido el domicilio.-

Previo a proveer estése a la recepción de la cédula cuya constancia de retiro luce a fs. 41.-

Proveyendo a fs. 112/113:

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 40 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C.Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Por contestado el traslado de la demanda.-

E Z

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro