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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 12772-104-04
Fecha: 2006-02-10
Carátula: LONGARETTI MARIA EMELINA / S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS S/INC.APELACION
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:12772-104-04
Tomo:
Auto Interlocutorio:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 10 días del mes de FEBRERO de dos mil seis reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y DE MINERIA de la IIIa. Circunscripción Judicial; dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, luego de haberse impuesto individualmente de esta causa caratulada: "LONGARETTI MARIA EMELINA S/BENEFICIO LITIGAR SIN GASTOS S/INCIDENTE DE APELACION", expte. nro.12772-104-04 (Reg. Cám.), y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-, los sres. Jueces emitieron su voto en el orden establecido en el sorteo practicado a fs.53, respecto de la siguiente cuestión a resolver: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?.
- - -A la cuestión planteada el dr. Osorio dijo:
Atento a lo solicitado a fs. 51, y no habiendo constancias de otras regulaciones que pudieran servir de base (conf. art. 33 LA), propondré regular los honorarios del incidente de caducidad de IIa. Instancia, de la siguiente manera:
dra. Gladys Adriana Medhi: $ 160
dr. Alberto M. Altschuller: $ 120 (4 y 3 jus, respectivamente).
- - -A la misma cuestión los dres. Escardó y Camperi dijeron: Por razones análogas a las expresadas en su voto por el dr. Osorio, votamos en el mismo sentido.
- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL- - -RESUELVE: I) REGULAR los honorarios del incidente de caducidad de la IIa. Instancia: dra. Gladys Adriana Medhi: $ 160; dr. Alberto M. Altschuller: $ 120.
- - -II) REGISTRAR y protocolizar lo aquí resuelto, disponiendo que vuelvan los presentes a su instancia de origen para notificaciones y demás efectos.
HORACIO OSORIO EDGARDO CAMPERI LUIS ESCARDO
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
ANTE MI:
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de cámara
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Poder Judicial de Río Negro