Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38936

N° Receptoría:

Fecha: 2011-09-05

Carátula: LANCIOTTI Hugo C/ BANCO PCIA. NEUQUEN y Otro S/ ORDINARIO

Descripción: a Camara Civil

NOTA: Se deja constancia que en la fecha se procedió a refoliar a partir de fs. 171 por encontrarse erróneamente realizado.-

Secretaría 5 de septiembre de 2011.-s

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 05 de septiembre de 2011.s-

Atento el estado de las presentes actuaciones, elévense a la Cámara de Apelaciones, con atenta nota de envio.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De elevarse en la fecha, los autos caratulados: “LANCIOTTI HUGO C/BANCO PCIA NEUQUEN Y OTRO S/ORDINARIO” (EXPTE. N* 38936-III-08)”, en virtud de los recurso de apelación interpuestos a fs. 290, concedidos a fs. 290, respecto de la sentencia y honrarios de fs. 279/84, el que consta de 293 fs., útiles, incluyendo la presente.-

Secretaría, 05 de septiembre de 2011.s-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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