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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0345/2011
Fecha: 2011-09-01
Carátula: MUÑOZ MARIELA ROSALÍA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: CONTESTA DEMANDA -opone excepción-CITA EN GARANTIA
EXPTE Nº 0345/2011
CARATULA: MUÑOZ MARIELA ROSALÍA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, septiembre de 2.011.-
Por presentada, parte y por constituido el domicilio.-
Por contestada la demanda.-
Por opuesta excepción de prescripción, de ella, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Cítese en garantía a Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A., a la que se cita y emplaza para que dentro del plazo de 15 días la conteste, bajo el apercibimiento dispuesto en los arts. 59 y 356 del C.Pr., oponga excepciones y acompañe la prueba documental de que intente valerse (arts. 333, 356 del C.Pr.). Notifíquese.-
Hágase saber que la presente notificación deberá realizarse dentro de los 15 días, bajo apercibimiento de tenerla por desistida de la presente citación y que deberá acompañar un juego de copias para traslado de la documental y escrito de demanda.-
Toda vez que la copia acompañada de certificado de cobertura de seguro carece de validez legal por ser formulario impreso que carece de firma, devuélvase a su presentante.-
Tiénese presente la reserva del caso federal formulada.-
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Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro