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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0895/2007
Fecha: 2011-08-31
Carátula: SERVICIO DE APOYO ESCOLAR RIONEGRINO SOCIEDAD ANONIMA (S.A.E.R.S.A.) S/ QUIEBRA
Descripción: CEDULA SECRETARIA-con preguntas por pantalla
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C É D U L A
Señor: Dr. Rolando Gaitán
Domicilio: Garrone 230 - (constituido)
Ciudad: Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SERVICIO DE APOYO ESCOLAR RIONEGRINO SOCIEDAD ANONIMA (S.A.E.R.S.A.) C/ S/QUIEBRA", Expte. Nº 0895/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, mayo 12 de 2.011.- Atento el estado de autos y la voluminosidad de la documental reservada en Secretaría a fs. 121 y a fs. 131, bajo registro nº S-31/07 y S-3/08, devuélvase al presentante Dr. Rolando Gaitán, bajo debida constancia. A tal fin póngase a su disposición por el término de 48 hs. Cumplido dicho plazo sin constar su retiro, procédase a su devolución mediante cédula al domicilio por él constituido.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de agosto de 2011.-
*05TXHO.GHDP2H*
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Poder Judicial de Río Negro