Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0543/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2011-08-31

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ZABALA JOSE ROQUE Y OTRA S/ ORDINARIO

Descripción: ACTA AUDIENCIA ART. 361 del C. Pr.

EXPTE. Nº 0543/2004

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ZABALA JOSE ROQUE Y OTRA S/ ORDINARIO

En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro a los 31 días del mes de agosto de 2.011, siendo las 9,30 horas, comparecen ante este Juzgado Civil Nº 3 y en estos autos, la Dra. María Valeria Coronel apoderada de la Provincia de Río Negro, no compareciendo la parte demandada, a la audiencia dispuesta por el art. 361 del C. Pr. Abierto el acto por la Sra. Juez y luego de dialogar con la parte presente, manifiesta que por el momento no es posible llegar a conciliación alguna atento la imcomparecencia mencionada. Seguidamente se fija el objeto de prueba consistente en determinar los hechos expuestos en la demanda y su contestación. A continuación la parte actora manifiesta respecto de la prueba que ofreciera que atento las negativas realizadas por la contraparte ratifica la prueba ofrecida en demanda. Plazo de prueba: 90 días. Con lo que terminó el acto, firmando los comparecientes, previa lectura y ratificación de lo actuado, por ante mí y después de hacerlo la sra. Juez de lo que doy fe.-

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Poder Judicial de Río Negro