include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40513
Fecha: 2011-08-29
Carátula: SAGUES Juan José C/ FERNANDEZ José Luis S/ EJECUTIVO
Descripción: regulación al perito
General Roca, 29 de agosto de 2011.s-
Haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 118 y la cédula agregada a fs. 121, téngase por desistida la prueba pericial caligráfica (art. 463 última parte del C.P.C.).-
Regulo los honorarios del perito calígrafo Carlos Luis Pieroni en la suma de $ 100.- a cargo del demandado.-Notifíquese.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Firme que se encuentre lo proveido precedentemente continúe el expediente según su estado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro