Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00399-046-10

N° Receptoría:

Fecha: 2011-08-26

Carátula: NISSEY CORP SA Y OTROS / MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, MEDIDA CAUTELAR

Descripción: ACTA AUDIENCIA TESTIMONIAL

NRO. EXPTE.:00399-046-10

En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro a los veintiséis días del mes de agosto de 2011 siendo las nueve horas comparecen ante esta Cámara, la sra. GABRIELA COSTA DNI 14.451.293, argentina, mayor de edad, bióloga, y empleada municipal de planta permanente, y cumple funciones como directora de Inspección General, domiciliada en la calle Las Violetas 1288 bo. Jardin Botánico. Se deja constancia de la presencia de los dreds. Oscar Sanz y Pablo Devoto, apoder5ados de los actores, y el dr. Sergio Dutschmann por la demandada. Abierto el acto, se le toma el juramento de ley, que presta de conformidad y se le hacen conocer las penalidades de la ley para los testigos que se pronuncien con falsedad y las generales de la ley, se remite a lo dicho anteriormente . Seguidamente se interroga a la testigo segun el pliego que se acompaña. 1) se remite a lo dicho anteriormente y como Directora tiene dos años y medio, accediendo por concurso en abril de 2009 y en la Municipalidad lleva casi ocho años. Tiene la categoría 23, que es la de un Director. 2) Sí, la conozco, se aclara que se encuentra glosada a fs. 15 del expte. Su normativa es una reglamentacion de la ordenanza 1550 del 2005, se refiere al proceso de revalida de expendio de bebidfas alcohólicas en envases cerrado y/o al copeo. Regula aproximadamente a unos 700 comercios que tienen como rubro principal o secundario la venta de bebidas alcohólicas. 3) Se hizo publicidad a través de radio y television, en notas que hicieron los medios gráficos y escritos en la Dirección de Inspección General. Ello fue de su parte, ignorando si se público por otra vía. También se le notificaba a los contribuyentes que se concurría a los establecimientos a inspeccionar. 4) En forma de acta escrita a todos no. 5) se remite a lo dicho . 6) La resolución pone a la Dirección de Inspección General. 7) Hay dos categorias de acuerdo al tipo de habilitacion comercial, bajo el cual estuvo expedida de acuerdo al tipo de ordenanza. Un tipo de habilitación que esta dada por dos tipos de ordenanza, son los casos de situaicon de riesgo y discapacidad, (ord. 860) y el caso de los efectores sociales que la ordenanza 1663, estos debian abonar $600, o sea 300 módulos fiscales. La otra categoria, es el resto de las habilitaciones comerciales que se encuadran a traves de la ordenanza 126 /79 y 141/82 que se conoce como el codigo de habilitaciones comerciales, debian abonar $1200, o sea 600 módulos fiscales. 8) La condicion excluyente es que si en los últimos cinco años tuvieron infracciones por venta de bebidas alcoholicas, no se podia continuar con la explotacion del rubro, se tenia que dar de baja ese rubro, no asi la habilitacion comercial. O sea pierde la facultad de vender bebidas alcoholicas. 9) Para cualquier tramite municipal se pide los libre deudas, salvo las denuncias que hacen los contribuyentes. El objetivo es reveer o revisar todas las habilitaciones comerciales que tuvieran como rubro la venta de bebidas alcohólicas. A continuación interroga el dr. Sanz. Para que diga la testigo si conforme el art. 4 de la resolucion 2068/10 es condicion excluyente el pago del canon para adherir al proceso de revision y reválida. Contesto: la condicion es que el contribuyente no tenga infracciones en los ultimos cinco años, Para que diga si lo mannifestado surge del propio art. 4. Contesto: No , no surge, surge de otros articulos de la resolución. Para que diga la testigo si sabe cual era el destino de los recursos que ingresaban en virtud del canon. Contesto : No, no lo sé, lo que se es como ocurre todo proceso o tramite que lleva a cabo la direccion de inspeccion general, se emite un recibo que es abonado en la caja. Va a un numero de cuenta especial que fue abierta para Revalida Bebidas Alcoholicas. El dr. Dutschmann interroga, para que diga la testigo que cantidad o proporcion de los 700 comercios que señalo al principio se adhirieron al régimen .Contesto: unos 450 aproximadamente. Se han generado dos clases de certificados, uno para la revalida y otro para la habilitacion comercial, que tiene que ver con una cuestion de organizacion del área.

Con lo que no siendo para más se da por finalizado el acto firmando los comparecientes por ante mí que doy fe.

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