Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1623/00/5

N° Receptoría:

Fecha: 2011-08-24

Carátula: INCHENTRONN JUAN MIGUEL C/ MAIDANA HECTOR RICARDO S/ SUMARIO

Descripción: CEDULA SECRETARIA-con preguntas por pantalla

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C É D U L A

Señor: Dr. Néstor Larroulet

Domicilio: Zatti 857 - (constituido)

Ciudad: Viedmas

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "INCHENTRONN JUAN MIGUEL C/MAIDANA HECTOR RICARDO S/SUMARIO", Expte. Nº 1623/00/5, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, agosto 24 de 2.011.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a los profesionales intervinientes a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras - Prosecretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de agosto de 2011.-

*05TXHO.2VFDPY*

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Poder Judicial de Río Negro