Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0054/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2011-08-24

Carátula: GALIANO MIGUEL C/ NECULQUEO MARIA LUISA S/ EJECUTIVO

Descripción: CEDULA SECRETARIA DEMANDADA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

SeñorA: MARIA LUISA NECULQUEO

Domicilio: Bº J.M. GUIDO, ESC. 5, P.B., DPTO. "D" (REAL)

Ciudad: VIEDMA - R.N.

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "GALIANO MIGUEL C/NECULQUEO MARIA LUISA S/EJECUTIVO", Expte. Nº 0054/2005, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, agosto 30 de 2007.- ... Hágase saber a la demandada que existe saldo remanente a su favor. Notifíquese.- Fdo. Dra. Ana Carolina Scoccia Secretaria".-

NOTA: se le hace saber que la suma para cobrar es de $ 105,26 para su percepción deberá concurrir a este Juzgado munida de su documento de identidad cualquier día hábil dentro del horario de 8.00 hs. a 11.00 hs..-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de agosto de 2011.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

*05TXHO.D3AFTA*

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Poder Judicial de Río Negro