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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0469/2011
Fecha: 2011-08-24
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ ZAPATA JAVIER ORLANDO S/ EJECUTIVO
Descripción: no ha lugar - sigan los autos
EXPTE. Nº 0469/2011
CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ ZAPATA JAVIER ORLANDO S/ EJECUTIVO
Viedma, agosto de 2.011.-
Proveyendo a fs. 23:
Agréguese.-
Al escrito de fs. 24:
Por contestado el traslado conferido a fs. 17.-
Atento el estado de autos, teniendo especialmente en cuenta la naturaleza de la acción y toda vez que la parte demandada al comparecer a estar a derecho no ha opuesto excepción dentro de las previstas en el art. 544 del C.Pr., a lo solicitado no ha lugar.-
En consecuencia, sigan los autos según su estado.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro