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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41162
Fecha: 2011-08-24
Carátula: LOPEZ Luciana S/ AMPARO (Ipross)
Descripción: providen//oficio
General Roca, 24 de agosto de 2011s.-
Informo que habiéndome comunicado telefónicamente con IPROSS Viedma se me manifiesta que la paciente no ha requerido autorización de cobertura de geriátrico hasta la fecha, lo que debe realizar en la Delegación de Allen.-
Que los medicamentos se cubre el 70% de lo que hasta la fecha se ha dado reintegros, mientras que la leche SANCOR BIOSALUD y los pañales deben ser adquiridos directamente por los interesados y solicitar su reintegro el que también asciende al 70%.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En General Roca, provincia de rìo Negro siendo las 11 hs. del dìa 24 de agosto de 2011 comparece ante S.S. la Sra. Marìa Eugenia Arrieta. Abierto el acto se le comunica lo informado por IPROSS en el día de la fecha y que consta en certificación en autos. Que la misma manifiesta que respecto de la leche SANCOR BIOSALUD tuvo la oportunidad de que IPROSS tuviera un convenio con la farmacia Fassano de la ciudad de Allen, con lo cual se pagaba el 30% y el 70% era asumido por IPROSS, asimismo ha averiguado que ha habido casos en que el IPROSS ha hecho convenio directamente con el distribuidor de SANCOR lo que conviene por los menores costos que se producen de este modo. Asimismo manifiesa que su tuviera que asumir la compra directa de la leche mencionada, deberìa el IPROSS reintegrar semanalmente su costo para poder asumir las nuevas compras. No siendo para màs se da por finalizado el acto previa lectura y ratificaciòn por ante mi que doy fe.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
General Roca, 24 de agosto de 2011.-s
Atento a lo requerido por IPROSS en cuanto a que la paciente debe solicitar en la Delegaciòn de Allen que tiene dicho organismo, la autorizaciòn de cobertura del geriàtrico para regularizar el trámite, líbrese oficio a dicha delegación comunicando tal situación y acceda a realizar el trámite que se hará en nombre de la paciente por las personas que la representan en el trámite.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
General Roca, 24 de agosto de 2011.-
A la DELEGACION IPROSS
ALLEN
Oficio Nro. 1680-III-11
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "LOPEZ Luciana S/ Amparo (Ipross)" (Expte. 41162) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de comunicarle que IPROSS VIEDMA ha informado que deberá gestionarse ante la Delegación de Allen de dicho organismo la autorización de cobertura del geriátrico de la Sra. Luciana Lopez Afiliada N° 1-2-9.733.186/0.-
La providencia que ordena dice en su parte pertinente: "General Roca, 24 de agosto de 2011.-s Atento lo requerido por IPROSS en cuanto a que la paciente debe solicitar en la Delegaciòn de Allen que tiene dicho organismo, la autorizaciòn de cobertura del geriàtrico para regularizar el trámite, líbrese oficio a dicha delegación comunicando tal situación y acceda a realizar el trámite que se hará en nombre de la paciente por las personas que la representan en el trámite.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Se deja constancia que en este expediente se ha presentado en representación de Luciana López, la Sra. María Eugenia Arrieta D.N.I. 24.073.588.-
Sin otro motivo, saludo atte.-
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Poder Judicial de Río Negro