Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0391/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-08-23

Carátula: VELKOFF DEMETRIO Y MONTI ASUNTA CLAUDINA S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: denuncia bien - vista DGR - regula honorarios - dif. nombre causante Velkoff

EXPTE. Nº 0391/2009

CARATULA: VELKOFF DEMETRIO Y MONTI ASUNTA CLAUDINA S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, agosto de 2.011.-

Agréguese la documental acompañada y resérvese en Secretaría el original del título de propiedad, previo a su devolución deberá abonarse los sellados para proceder a su certificación.-

Por denunciado bien componente del acervo hereditario.-

A los fines que se expida con relación a los pagos efectuados según planilla obrante a fs. 59, córrase vista a la Dirección General de Rentas.-

Atento lo peticionado, teniendo en cuenta el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Julio Mario Ricca en la suma de $ 3.880 por los trabajos comunes e incluidas las tareas de inscripción, con cargo a la sucesión. (Coef.: 11 %, M.B.: $ 35.268,02 -valuación fiscal-) -arts. 8, 25, 44, 48 y 50 Ley G 2.212-. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

Sin perjuicio de ello y advirtiéndose diferencias en el apellido del causante Velkoff entre la documentación obrante en la causa y la acompañada con el escrito en despacho (título -fs. 54/56) y certificado de dominio (fs. 57) como Velcoff, hágase saber que deberá acompañarse certificado de nacimiento o en su caso ofrecerse información sumaria.-

Rosana Calvetti

Juez

En igual fecha he procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro V-09/11. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro