Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0896/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-08-19

Carátula: LINARES BALDA ROBERTO HAROLD S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: EMBARGO DECRETADO POR OTRO JUZGADO - TOMA RAZON

EXPTE. Nº : 0896/2010

CARATULA: LINARES BALDA ROBERTO HAROLD S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, agosto de 2011.-

Por reintegrados los autos principales.-

Agréguese la media carátula a sus antecedentes.-

Proveyendo a fs. 61:

Por recibido oficio. Atento lo solicitado, tómese razón del embargo preventivo decretado sobre el bien inmueble integrante del acervo hereditario, hasta cubrir la suma de $ 347.470,93 con más la suma de $ 69.494 presupuestada provisoriamente para responder por intereses, costos y costas del juicio. Comuníquese, a cuyo fin ofíciese. Tiénese presente la persona autorizada para intervenir en su diligenciamiento.-

En tal sentido, déjase sin efecto la inscripción dispuesta a fs. 60, último párrafo.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro