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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0432/2005
Fecha: 2011-08-17
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ PANISSE MARIA ROSA S/ ORDINARIO
Descripción: EMB. SUELDO
EXPTE. No.: 0432/2005
CARATULA:RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ PANISSE MARIA ROSA S/ ORDINARIO
Viedma, agosto de 2011.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada MARIA ROSA PANISSE como empleada del Consejo Provincial de Educación hasta cubrir la suma de $ 9.016 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 4.704 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
Agréguese.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro