Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0806/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-08-17

Carátula: MIRANDA MONICA PATRICIA C/ ZARZOSA HORACIO DORIAN S/ EJECUTIVO

Descripción: NULIDAD NOTIFICACIÓN

EXPTE Nº 0806/2010

CARATULA: MIRANDA MONICA PATRICIA C/ ZARZOSA HORACIO DORIAN S/ EJECUTIVO

Viedma, agosto de 2.011.-

Agréguese la cédula recibida.-

Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que conforme surge de la cédula que se agrega no ha sido consignado el bien embargado en cuestión, ello a los fines que la citada pueda ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-

A P

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro