Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0613/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-08-17

Carátula: CONTRERA VALENTINA Y GEREZ LAZARO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: INICIA SUCESION

EXPTE. Nº: 0613/2011.-

CARATULA: "CONTRERA VALENTINA Y GEREZ LAZARO S/ SUCESION AB INTESTATO".-

Viedma, agosto de 2.011.-

Por presentados, parte y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de las partidas de defunción acompañadas, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de LAZARO GEREZ y de VALENTINA CONTRERA.-

Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Río Negro citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del C.P.C.C.) líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-

Previamente y a los fines dispuestos por el art. 3° de la ley 788, ofíciese al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, con los requisitos de la acordada 90/73 del S.T.J..-

Conforme lo previsto por el art. 699 inc. 1) del C.P.C.C., notifíquese por cédula a los presuntos herederos.-

Existiendo divergencias en el apellido de los causantes Valentina Contrera o Valentina Contreras y Lazaro Gerez o Lazaro Jerez, conforme surge de la documentación acompañada, hágase saber que deberán acompañarse las partidas de nacimiento ó en su caso practicarse información sumaria.-

Asimismo, acompáñese la partida de matrimonio de los causantes.-

E Z

Rosana Calvetti

Juez

En igual fecha remití al Registro Público de Juicios Universales del Superior Tribunal de Justicia la Nota n° _______/11 conforme lo dispuesto precedentemente. Conste.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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