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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 28030III
Fecha: 2011-08-17
Carátula: CUPPARI Ana C/ CUPPARI Juan S/ SUMARIO
Descripción: REGULACION
General Roca, 17 de agosto de 2011.-
Atento lo peticionado y las constancias obrantes a fs.202, 205, corresponde fijar el monto base a los fines de la regulación de honorarios en la suma de $ 72.442,87.- conforme constancias de fs.196.-
Por la etapa de ejecución de sentencia, tomando en cuenta la tarea cumplida respecto del convenio de transacción obrante a fs.179, homologado a fs. 181.-, regulo los honorarios profesionales del Dr. César Gabriel Di Pascual en la suma de $ 4.732.- (M.B. $ 72.442,87 arts. 6, 7, 8 y 41 de la ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.-
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Poder Judicial de Río Negro